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1. Antecedentes

México enfrenta una grave crisis de violaciones a derechos humanos, en particular en materia de desaparición. A febrero de 2025, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) muestra que hay más de 123 mil personas desaparecidas y no localizadas en el país. Además, conforme a la publicación A dónde van los desaparecidos de 2024 por Efraín Tzuc y Mayela Sánchez, en los Servicios Médicos Forenses (SEMEFOS) de todo el país hay más de 72,100 cuerpos sin identificar, los cuales corresponden a cadáveres que ingresaron entre 2006 y 2023.

Algunos organismos internacionales han hecho recomendaciones para atender el problema; por ejemplo, el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de Naciones Unidas afirmó en su informe de 2011 la necesidad de garantizar la coordinación entre las autoridades responsables de la seguridad pública para prevenir e investigar adecuadamente la desaparición forzada de personas y establecer un programa nacional de búsqueda de personas con un protocolo de acción inmediata.

A nivel nacional, hay esfuerzos para enfrentar el problema, en especial gracias al impulso de la sociedad civil mexicana, específicamente de familiares y colectivos de personas desaparecidas. Un ejemplo de esto es la publicación en 2017 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. A más de 5 años de su entrada en vigor, la implementación a nivel federal y en las entidades federativas ha avanzado, pero aún se presentan múltiples desafíos. El rezago y los nuevos casos de personas fallecidas sin identificar (PFSI) se van acumulando. Además, hacen falta experiencias y buenas prácticas que puedan ser sistematizadas y difundidas para que los actores del Sistema Nacional de Búsqueda (SNB) las adopten o repliquen.

Un área clave para abordar este problema es mejorar la coordinación entre las autoridades de los Sistemas Locales de Búsqueda (SLB) y fortalecer la participación de las familias en los procesos de búsqueda e identificación. Para lograrlo, es fundamental establecer alianzas que faciliten el diálogo y el trabajo conjunto entre los colectivos de familiares, organizaciones y las autoridades.

En este marco, el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C. (IMDHD) y el Laboratorio de Soluciones Colaborativas de Políticas Públicas (LAB-CO), con el apoyo financiero de la Unión Europea (UE), buscan promover los derechos humanos de las personas desaparecidas y sus familiares en México a través de la Acción Construyendo alianzas para encontrar e identificar a personas desaparecidas y no localizadas.

Para cumplir con el objetivo general, esta Acción pretende mejorar los procesos y mecanismos locales en materia de búsqueda e identificación humana mediante una estrategia basada en tres ejes de trabajo: 1) Búsqueda Inmediata, 2) Búsqueda por Patrones y 3) Identificación Humana.

En este sentido, la Acción establecerá un Fondo de Apoyo a Terceros para potenciar la participación de colectivos de familiares y organizaciones, y fortalecer la colaboración con las autoridades. Esto permitirá reforzar las acciones y estrategias para la localización de personas desaparecidas y para la identificación de personas.

En el primer año, la Acción tendrá repercusión en el estado de Zacatecas. Por tanto, los colectivos de familiares de personas desaparecidas y organizaciones que radiquen en dicha entidad son el grupo destinatario de la presente Guía y de la Convocatoria de Participación del Fondo de Apoyo a Terceros.

2. Criterios

Como parte de la Acción Construyendo alianzas para encontrar e identificar a personas desaparecidas y no localizadas, el IMDHD y LAB-CO determinan los siguientes criterios de elegibilidad para las organizaciones y colectivos que deseen participar en la Convocatoria del Fondo de Apoyo a Terceros.

2.1. De los solicitantes

  • Deberá ser una organización no gubernamental o colectivo constituido legalmente como asociación civil o cooperativa y poder proveer un CFDI;
  • No obedecer a ningún interés partidista, político-electoral o religioso;
  • Deberá ser una organización o colectivo nacional mexicano, presente en el estado de Zacatecas. Se dará prioridad a colectivos u organizaciones ubicados fuera de la capital y/o en áreas remotas;
  • El Fondo de Apoyo a Terceros busca crear alianzas, por lo tanto, se espera que los colectivos apoyados participen en actividades de trabajo de LAB-CO y el IMDHD para el Proyecto;
  • Ser directamente responsable de la elaboración, gestión, implementación y conclusión del proyecto propuesto;
  • Deberá tener experiencia previa demostrada en el estado de Zacatecas en acciones de búsqueda, investigación o incidencia en materia de desaparición, además de contar con una postura a favor de los derechos humanos y estar dispuestos a fortalecerse en esa área;
  • Tener disposición para el trabajo colaborativo y para formar parte de redes que puedan trabajar a nivel estatal y federal hacia objetivos comunes;
  • Estar interesado en trabajar en el fortalecimiento de su proceso organizativo y de sus capacidades técnicas, además de disposición a participar en los espacios de diálogo con autoridades;
  • Es deseable que tengan una postura a favor de los derechos humanos y principios de igualdad, además se dará prioridad a colectivos y organizaciones que representen a grupos en condición de vulnerabilidad como personas pertenecientes a la comunidad LGBTTTIQ+, personas en situación de movilidad humana, integrantes de pueblos indígenas o mujeres;
  • Se tomará en cuenta el nivel de organización, el nivel de incidencia, el tiempo de conformación, el número de familias que los constituyen y/o número de colectivos de familiares de personas desaparecidas que representan;
  • Los colectivos y organizaciones participantes podrán someter solamente una propuesta de proyecto durante la presente convocatoria.

2.2. De los proyectos

  • El proyecto deberá contener objetivos, actividades claras, cronograma, y resultados esperados;
  • Una actividad programada del proyecto es la rendición de cuentas con las personas integrantes del colectivo u organización. Esta actividad deberá realizarse antes del segundo desembolso del proyecto y es requisito para la entrega del mismo;
  • La duración del proyecto propuesto deberá ser de un máximo de 10 meses contabilizados a partir de la firma del convenio de subvención en cascada;
  • Los proyectos deberán otorgar resultados que beneficien la Acción principal y su objetivo: Promover los derechos humanos de las personas desaparecidas y sus familiares en México;
  • El proyecto deberá fortalecer los procesos técnicos, financieros y de gestión de los colectivos de familiares y organizaciones;
  • Las actividades y resultados deberán ser locales; es decir, tener un efecto en Zacatecas;
  • Las actividades elegibles para los proyectos pueden incluir las siguientes:
    • Fortalecimiento de capacidades de familiares, colectivos y organizaciones; en particular en la construcción y seguimiento a los planes de búsqueda e identificación forense.
    • Fortalecimiento de capacidades de autoridades encargadas de la búsqueda o de la identificación forense.
    • Realización de intercambios de información y de buenas prácticas en materia de búsqueda de personas desaparecidas y de identificación de PFSI.
    • Trabajo de incidencia y de asistencia técnica a autoridades en materia de análisis de información para la búsqueda.
    • Acompañamiento psicológico, asesoramiento y acompañamiento legal y otro tipo de apoyo material a familiares de personas desaparecidas.
    • Foros y talleres en materia de identificación de PFSI.
  • Tener disposición y capacidad para preparar informes narrativos y financieros trimestrales y gestionar los recursos de acuerdo con lineamientos administrativos fiscales, como:
    • a) Llevar un registro contable de cada gasto, respaldado por facturas con CFDI y en casos excepcionales recibos simples.
    • b) Entregar los documentos comprobatorios de las actividades correspondientes, por ejemplo: lista de participantes, fotografías, agenda, productos, entre otros.
  • Los proyectos deberán contar con una estrategia de visibilidad, que acompañe las actividades propias de la Acción. Deberán estar dispuestas a permitir la difusión con las organizaciones responsables del financiamiento a terceros, así́ como con la Unión Europea.
  • Los proyectos deberán reportar el número de víctimas de vulneración de los derechos humanos que se benefician directamente de la Acción, desagregado por sexo, edad y lugar de radicación.

3. Características del apoyo financiero

El apoyo financiero podrá ser ejercido de forma directa, previa firma de un convenio de colaboración.

Los costos elegibles dentro de los proyectos son:

  • Honorarios asimilados a salarios.
  • Honorarios profesionales (consultores).
  • Gastos de transporte.
  • Gastos de reuniones.
  • Compra de materiales para la ejecución de las actividades.
  • Gastos de impresión.
  • Alquileres de espacios para reuniones o presentaciones.

Esta convocatoria cuenta con un financiamiento total de $240,000 pesos mexicanos que podrá ser otorgado a dos proyectos. Se asignará un total de $120,000 pesos mexicanos a cada proyecto.

4. Instrucciones y requisitos de participación

El proceso de participación en la convocatoria se compone de 8 pasos a seguir. A continuación, se describen detalladamente:

I CONVOCATORIA. El proceso de convocatoria iniciará a partir del 11 de marzo de 2025 a las 9 horas y finalizará el 21 de abril de 2025 a las 18 horas.  Es indispensable la lectura integral de la convocatoria para el adecuado entendimiento de las instrucciones que en ella se contengan.

II PROPUESTA. Para que el proyecto sea considerado para su evaluación y dictaminación, tanto el colectivo y/o la organización como el proyecto, deberán cumplir con todos y cada uno de los requisitos mencionados en la Convocatoria. Asimismo, deberán realizar sus actividades dentro del estado de Zacatecas.

III LLENADO DE FORMATO DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Los solicitantes deberán llenar información sobre el colectivo en el formato de la propuesta técnica (Se encuentra en Formatos Descargables). Además, dentro del mismo formato se deberá atender a cada una de las preguntas sobre el proyecto propuesto. Considerando en todo momento el incidir en el objetivo inicial de la Acción: Promover los derechos humanos de las personas desaparecidas y sus familiares en México.

IV EXPERIENCIA PREVIA. El colectivo u organización participante, deberá tener la capacidad de demostrar la experiencia previa en actividades de búsqueda y/o acompañamiento en casos de personas desaparecidas en el estado de Zacatecas. Para ello, deberá́ presentar documentos que acrediten su activismo, como fotos, enlaces de sus páginas web u otras fuentes de información.

V LLENADO DE FORMATO PRESUPUESTO. Todos los proyectos propuestos deberán estar acompañados del llenado de formato de presupuesto (Se encuentra en Formatos Descargables). Dentro de la elaboración de este, la organización podrá considerar destinar máximo el 20% para la contratación de una persona experta en administración y contaduría, que les apoye a reportar las ejecuciones financieras de la subvención.

VI DURACIÓN. El proyecto propuesto deberá durar entre 9 y 10 meses, empezando su vigencia a partir del día en que se firma el convenio con la organización otorgante.

VII ACTIVIDADES. Las actividades exclusivas que deberán ser consideradas por las solicitantes en su proyecto propuesto son:

  • Fortalecimiento de capacidades de familiares, colectivos y organizaciones; en particular en la construcción y seguimiento a los planes de búsqueda e identificación forense.
  • Fortalecimiento de capacidades de autoridades encargadas de la búsqueda o de la identificación forense.
  • Realización de intercambios de información y de buenas prácticas en materia de búsqueda de personas desaparecidas y de identificación de PFSI.
  • Trabajo de incidencia y de asistencia técnica a autoridades en materia de análisis de información para la búsqueda.
  • Acompañamiento psicológico, asesoramiento y acompañamiento legal y otro tipo de apoyo material a familiares de personas desaparecidas.
  • Foros y talleres en materia de identificación de PFSI.

VIII SOLICITUD. La organización o colectivo solicitante deberá enviar su solicitud de participación de manera digital al correo electrónico solicitudes@lab-co.org.

La solicitud deberá incluir cada uno de los documentos y formatos descargables completos, en formato PDF y etiquetado con el nombre de la organización y el tipo de documento, como se muestra en el ejemplo: LAB-CO_NombreOrganización/Colectivo_FormatoPresupuesto.pdf

5. Proceso de selección

El proceso de selección comprende nueve etapas:

  • (1) Difusión de la convocatoria abierta. La convocatoria se difundirá y dirigirá a colectivos de familiares de personas desaparecidas y organizaciones que les representan en el estado de Zacatecas.
  • (2) Envío de solicitudes. Los colectivos de familiares de personas desaparecidas y organizaciones interesadas llenarán los formatos correspondientes y los enviarán en los plazos respectivos al correo designado para ello.
  • (3) Recepción de solicitudes. Las organizaciones convocantes recibirán las solicitudes de colectivos de familiares de personas desaparecidas y organizaciones.
  • (4) Evaluación de las solicitudes. Un Comité integrado por una persona de LAB-CO, una persona del IMDHD y una persona externa con experiencia en la materia, evaluarán aquellas propuestas que cumplan los requisitos de la convocatoria, respetando los principios de objetividad y transparencia.
  • (5) Publicación de resultados. Las organizaciones convocantes publicarán los resultados.
  • (6) Primera reunión informativa. Las organizaciones convocantes llevarán a cabo una primera reunión informativa con los colectivos y/u organizaciones cuyas propuestas fueron seleccionadas. Se aprovechará el encuentro para ofrecer retroalimentación a los proyectos propuestos.
  • (7) Periodo de ajustes. Los colectivos y/u organizaciones cuyas propuestas fueron seleccionadas tendrán un periodo de 15 días para realizar los ajustes necesarios conforme a la retroalimentación proporcionada.
  • (8) Firma de convenio. El colectivo o colectivos de familiares de personas desaparecidas, o la(s) organización(es) seleccionada(s), deberá(n) firmar un convenio de colaboración para el desarrollo del proyecto y proporcionar la siguiente información:
    • Nombre y datos de contacto de la persona responsable de los asuntos administrativos y contables del proyecto.
    • Nombre y de datos de contacto de la persona responsable general del proyecto.
    • Domicilio fiscal, RFC y datos bancarios ya sea de la organización o de las personas responsables.
  • (9) Entrega de recursos. Los recursos se entregarán en tres partes.
    • Al inicio del proyecto – 40%.
    • A la mitad del proyecto – 40%
    • Al finalizar el proyecto – 20%

6. Cronograma

7. Protección de datos

Con la finalidad de salvaguardar los datos personales de quienes apliquen al proceso de subvención a terceros, y derivado de que la convocatoria aquí́ emitida es patrocinada por la Unión Europea, se informa a las organizaciones y colectivos participantes sobre el sistema de Protección de Datos contemplada en el proceso.

a) Reglamento de la Unión Europea relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (2016/679).

A través del presente se protegen los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas y en particular su derecho a la protección de datos personales (Artículo 1). Su ámbito de aplicación se da en el contexto de las actividades a cargo de un responsable de la Unión, independientemente de que la acción tenga o no lugar en la Unión (Artículo 3,1).

El Reglamento (Artículo 4,1) entiende a los datos personales como “toda información sobre una persona física identificada o identificable («el interesado»); se considerará persona física identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona”.

El IMDHD y LAB-CO serán responsables en el tratamiento de datos personales y deberán observar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad (Artículo 6). Además, el tratamiento deberá́ contar con el consentimiento explícito y por escrito de la persona titular (Artículo 9).

El tratamiento de los datos personales que se incluyan en la solicitud de subvención, serán utilizados de manera exclusiva para identificación, selección, otorgamiento de subvención y seguimiento de esta. En todo momento, el IMDHD y LAB-CO velarán por el cumplimiento de los principios de protección de datos personales establecidos en las Leyes competentes (Artículo 14).

Si tiene alguna duda sobre el proceso o la convocatoria no dude en contactarnos a través del correo solicitudes@lab-co.org y les atenderemos a la brevedad.

8. Formatos descargables